Responsabilidad civil en el servicio de cajas de seguridad

La actividad bancaria constituye una herramienta de desarrollo económico, moviliza riquezas y presta una variada gama de servicios. En los albores del siglo XXI la responsabilidad civil de las entidades financieras reviste carácter profesional y agravado. Les cabe, en grado superior, la carga de cumplir con los deberes de actuar con buena fe, lealtad y diligencia de un buen hombre de negocios.

El contrato bancario por el servicio de cajas de seguridad —recientemente tipificado en el Código Civil y Comercial — permite resguardar bienes en secreto bajo estrictas condiciones en un recinto dotado de especiales medidas de seguridad.

Solo una interpretación de la normativa en sintonía con los principios del Derecho de Daños y del Consumidor, aseguran una reparación integral frente al incumplimiento del deber de seguridad del banco prestador. Así, los nuevos paradigmas de responsabilidad y la constitucionalización del derecho privado resultan herramientas indispensables en la toma de las decisiones judiciales en aras de un pronunciamiento justo.

En este contexto, la Editorial UCSF lanza una nueva propuesta de la mano del Dr. Carlos Federico Marcolin*, bajo el título “Nuevas perspectivas de la responsabilidad civil de las entidades financieras en el servicio de cajas de seguridad en el siglo XXI”.

En su índice se recorre la contratación, el secreto y las obligaciones de la entidad bancaria, el cliente, los contratos entre el banco y la persona, la responsabilidad civil y sus regímenes, daños ocasionados por siniestros, por el hombre y por fenómenos naturales y un extenso número de datos legislativos, jurisprudenciales y doctrinales con el objetivo de poner de manifiesto con ejemplos, todo lo abordado en la obra.

En palabras de su prologuista, Alejandro Enrique Freytes, el autor propone un estilo ágil, preciso y con espíritu crítico para abordar los problemas jurídicos que conlleva el contrato de una caja de seguridad que se debate entre doctrina y jurisprudencia.

De este modo, la solución propuesta colmaría la evidente laguna legislativa que el nuevo ordenamiento fondal evidencia en la materia y se convertiría en el principal aporte de la obra del jurista Marcolin.

*Carlos Federico Marcolin es Procurador, Abogado y Especialista en Derecho Comercial por la UNL, Especialista en Derecho de la Magistratura por la UCA, Doctor en Ciencias Jurídicas por la UCSF y docente en Derecho Comercial y Derecho Civil en esta última institución.



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