Círculo sobre teoría de la justicia, ciencia jurídica y crítica del derecho

El pasado viernes 1ro de Abril se llevó a cabo un encuentro del Círculo de Reflexión Socio-Eco-Jurídica de la UCSF, organizado por el equipo de investigación jurídica “Derechos Humanos y Economía” de la misma, dirigido por la Dra. Ana María Bonet de Viola. En esta oportunidad, Facundo Ramat, abogado egresado de la UBA que se encuentra cursando un Doctorado en nuestra Universidad, expuso sobre el texto “Teoría de la justicia, ciencia jurídica y crítica del derecho” de Aníbal D’Auria.

En primer lugar, es importante comprender que cualquier proceso de comunicación implica un discurso que se encuentra influido por intenciones, sensaciones, estados mentales, entre otras cosas, tanto del emisor como del receptor del mismo. A su vez, se explicó que estos discursos son también entendidos como ‘discursos prescriptivos’.

A raíz de esto, D’Auria menciona tres conceptos que funcionan como tipos de discursos: la teoría de la justicia, la ciencia jurídica y la crítica del derecho, términos que son también más concisos y que vienen a superar valoraciones terminantemente afectivas de otros conceptos como el iuspositivismo, iusnaturalismo y crítica.

La teoría de la justicia, siguiendo lo planteado por el autor, implica un discurso que está dedicado a expresar preferencias ético políticas, dando lugar a ‘pensar lo justo para una sociedad dada’. Es decir, son preferencias demostradas o evidenciadas pero sin intenciones de explicar la realidad sino más bien, de incidir en ella. Por su parte, la ciencia jurídica hace referencia a todo discurso acerca del derecho positivo que no es normativo sino informativo – constatativo, es decir, explicativo o descriptivo. En otras palabras, da lugar a la descripción de las preferencias positivizadas por el derecho. Cabe mencionar que la ciencia jurídica está, a su vez, constituida por dos subtipos de discursos: la teoría general del derecho y la dogmática. Finalmente, en lo que respecta a la crítica del derecho debe diferenciarse de lo conocido como la crítica de la ciencia jurídica. En simples palabras, analiza los condicionamientos sociales, económicos, culturales, ideológicos, etc., del derecho, logrando un sentido descriptivo de los mismos que influyen de la existencia de ese derecho. Quien expuso, mencionó “sin derecho no hay ciencia jurídica y sin ciencia jurídica, no hay derecho”. Dicha crítica puede hacerse solamente desde disciplinas ajenas a la ciencia jurídica, como la sociología, la lingüística, la antropología, etc.

Los invitamos al próximo encuentro correspondiente al día viernes 8 de Abril en donde Yael Selene Saidler y Paula Benmergui expondrán sobre el texto “La primacía de los derechos sociales relacionados con un nivel de vida adecuado” de Bonet, Vidal, Piva y Saidler. El link de acceso: meet.google.com/wou-opat-qpj

 

Texto: Paula Benmergui

 



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