Becas del Banco Santander Río

 

El Premio Mérito Académico es un programa que premia el esfuerzo y desempeño académico otorgando una beca a los mejores promedios de los alumnos de universidades argentinas.

Son 600 las becas de $8.000. Conocé las bases y condiciones.

 

Además, Santanderrio presenta el programa de “Becas Futuros Profesionales”, destinado a alumnos de las universidades que participen del Programa.

Entre los alumnos que se inscriban, se otorgarán 250 becas, para la realización de prácticas profesionales en la carrera que han elegido, según el plan curricular establecido como obligatorio en su plan de estudios.

Las postulaciones se encuentran abiertas hasta el 19 de Julio de 2019.

Términos y condiciones de la “Beca Futuros Profesionales” para Becarios

 

  1. DESCRIPCIÓN.
    El presente es un programa de otorgamiento de becas (en adelante, las “BECAS” o individualmente, la “BECA”) organizado por el Banco Santander Río S.A. con domicilio en la calle Bartolomé Mitre 480, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, el “BANCO”), que se denominará “Becas Futuros Profesionales” (en adelante, el “PROGRAMA”), destinado a alumnos de las universidades que participen del Programa (en adelante, las “UNIVERSIDADES” o individualmente, la “UNIVERSIDAD”). Entre los alumnos que se inscriban (en adelante, los “ALUMNOS”), el BANCO otorgará 250 (doscientas cincuenta) BECAS con destino de adquirir conocimientos prácticos para la profesión que han elegido, según el plan curricular establecido como obligatorio en su plan de estudios (en adelante, los “BECARIOS”).
  1. PARTICIPACIÓN – PLAZO.
    Los ALUMNOS que cumplan con los presentes términos y condiciones (en adelante, los “Términos y Condiciones”) podrán participar del PROGRAMA postulándose a partir del día 06 de Mayo de 2019 hasta el 19 de Julio de 2019.
  1. REQUISITOS.
    En todos los casos, los BECARIOS deberán: a) Ser alumnos regulares de la UNIVERSIDAD; b) tener entre 18 años y 30 años de edad; c) poseer al 31 de marzo de 2018 un mínimo de 10 (diez) materias aprobadas de la carrera que curse, de las cuales al menos 2 (dos) deben haber sido cursadas y aprobadas durante el último año; y d) deberán estar en condiciones curriculares de poder cursar la materia práctica profesional. Ello, sin perjuicio de los requisitos y/o criterios de selección particulares que pudieran decidir las UNIVERSIDADES en cada caso particular, quienes son las encargadas finales de designar a los BECARIOS.
  1. PRACTICAS PROFESIONALES – VIGENCIA.
    Las prácticas profesionales (en adelante, las “Prácticas”) implicarán la concurrencia del BECARIO a la empresa u organismo designado por la UNIVERSIDAD correspondiente, cumpliendo un máximo de veinte (20) horas semanales, durante un plazo mínimo de tres (3) meses consecutivos. Todas las BECAS comenzarán el primer día hábil del mes que corresponda. (En adelante, la “VIGENCIA” del PROGRAMA).
    Las Prácticas deberán llevarse a cabo durante el año 2019.
    Las empresas u organismos en donde los BECARIOS deberán desarrollar sus Prácticas en el marco del presente PROGRAMA serán elegidos por las UNIVERSIDADES.
    La UNIVERSIDAD de la cual el BECARIO es alumno podrá disponer que algunos días de los previstos para el cumplimiento de las Prácticas, dentro del referido horario, el BECARIO concurra al lugar que indique, con el fin de participar de reuniones, charlas y clases teóricas, complementando la enseñanza que recibe en la empresa u organismo en donde desarrolla su Práctica, y evaluando la marcha de las BECAS en desarrollo.
    Los BECARIOS deberán concurrir con regularidad a las Prácticas, pudiendo ausentarse de las mismas sólo en casos justificados. Las ausencias injustificadas, así como la demostración de escaso interés o indisciplina serán causales de la baja de la BECA.
  1. DESIGNACIÓN DE BECARIOS.
    La UNIVERSIDAD será la encargada de la selección y de la convocatoria de los BECARIOS
    El BANCO no será responsable y la UNIVERSIDAD se obliga a mantenerlo indemne por cualquier reclamo que pudiera derivarse de la acreditación de la BECA a los BECARIOS.
    Cumplidos todos los requisitos, los ALUMNOS que sean seleccionados por las UNIVERSIDADES y notificados conforme el Punto 8 de los presentes, serán denominados a efectos de los presentes como los “BECARIOS”. Las empresas u organismos designados establecerán los criterios para que las UNIVERSIDADES seleccionen los mejores perfiles para llevar a cabo este programa como BECARIOS. La selección se realizará teniendo en cuenta los perfiles que determinen las empresas u organismos participantes del PROGRAMA. Los BECARIOS deberán cumplir con las condiciones señaladas en los presentes Términos y Condiciones.
    A los fines de acceder a la BECA, en los términos de la cláusula 6 de los presentes, los BECARIOS deberán ser titulares de una Supercuenta universitaria en el BANCO. Consulte en https://santanderrio.com.ar/banco/online/personas/universidades/super-cuenta-universidades las condiciones del servicio.
  1. BECA.
    El BANCO depositará en la cuenta de la UNIVERSIDAD que corresponda el monto total de la BECA pesos quince mil ($ 15.000.-), para que el BECARIO afronte los gastos necesarios para el cumplimiento de las actividades y enseñanzas propias de la Práctica. La UNIVERSIDAD será la encargada de asignar dicho monto al BECARIO seleccionado, una vez transcurrida la totalidad de la Práctica y cumplidas todas las obligaciones emergentes de los presentes Términos y Condiciones.
    Durante la VIGENCIA del PROGRAMA la UNIVERSIDAD se responsabiliza por la contratación de un seguro que protegerá a los BECARIOS de cualquier accidente que les ocurra a raíz del cumplimiento de la Práctica, debiendo contar con un servicio de emergencias médicas, contratado para su atención, en caso de que, en dichas circunstancias, les afecte un problema de salud, que necesite atención urgente.6.1 Sistema de convocatoria y selección
    El BANCO realizará a las UNIVERSIDADES las aportaciones que correspondan, para que cada una financie las BECAS a percibir por los BECARIOS de acuerdo con el presente programa.
    Las UNIVERSIDADES serán las responsables, en todos sus términos, de gestionar la correspondiente convocatoria de las BECAS que les sean asignadas y su resolución, seleccionando a los beneficiarios de las BECAS de acuerdo con los criterios generales de publicidad, transparencia interna, mérito y equidad, quienes, en todo caso, deberán cumplir los requisitos indicados en el apartado siguiente.
    En lo referente a las fechas de inscripción en el PROGRAMA, se advierte a los posibles beneficiarios de estas BECAS que las UNIVERSIDADES serán las responsables, en todos sus términos, de gestionar la correspondiente convocatoria de las BECAS, por lo que dichos plazos podrían variar en cada UNIVERSIDAD respecto de los recogidos en estos Términos y Condiciones.

 

  1. NOTIFICACIÓN DEL CARÁCTER DE BECARIO.
    Las UNIVERSIDADES notificarán a los BECARIOS por vía telefónica y/o correo electrónico y/o cualquier otro medio que así consideren el otorgamiento de la BECA.
  1. OBLIGACIONES DEL BECARIO.
    Los BECARIOS se obligan a acatar todas las indicaciones que emita la empresa u organismo designado a los fines de la Práctica durante la VIGENCIA del PROGRAMA. El BECARIO se obliga a brindar los informes que la UNIVERSIDAD, el BANCO y/o la empresa u organismo le requieran respecto a la BECA, su desarrollo, los conocimientos adquiridos y cualquier otra información de interés para el futuro del beneficiario.
    La acreditación al BECARIO del importe de la BECA deberá ser realizada en una cuenta que el alumno deberá abrir en el BANCO. Esta cuenta gozará de una bonificación del 100% (cien por ciento) de su comisión de mantenimiento por el plazo de 6 meses, finalizado el plazo, se procederá a cobrar las comisiones al valor vigente a la fecha, salvo que realice dos compras mensuales con la tarjeta de débito. La comisión mensual por servicio de cuenta será de $ 168.27.- (consumidor final) o su precio de lista actualizado.
    El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones referidas a las Prácticas o al PROGRAMA en general dejará sin efecto en forma automática e inmediata la BECA otorgada y privará al BECARIO de cualquier derecho económico que pudiera asistirle en relación al PROGRAMA.
  1. AUTORIZACIÓN.
    Sin perjuicio de lo dispuesto en el punto 7, los ALUMNOS autorizan expresamente al BANCO a difundir a través de cualquier medio de comunicación, incluidos Facebook, Twitter y otros y/o en el sitio santanderrio.com.ar, sus nombres, DNI, imágenes y voces con fines promocionales, sin derecho a compensación alguna, en los medios y formas que el BANCO disponga, desde su registración y hasta los tres (3) años de finalizada la práctica de conformidad con lo dispuesto en la Ley 25.326.
    Asimismo, con la aceptación de los presentes Términos y Condiciones, los ALUMNOS que participen del PROGRAMA aceptan que los datos personales incluidos al registrarse tienen el carácter de declaración jurada y son recogidos a los fines de ser incorporados y tratados en una base de datos (incluyendo pero sin limitarlo al ofrecimiento y/o publicidad de productos financieros), siendo el destinatario y titular de la misma: Banco Santander Río S.A. con domicilio en la calle Bartolomé Mitre 480 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se informa que conforme a lo establecido en el Artículo 6 inciso e) de la ley 25.326 Ley de Datos Personales el interesado podrá en cualquier momento de ejercer los derechos de acceso, rectificación y supresión de sus datos.
    El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326.
    La DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, Órgano de Control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales.
  1. CESIÓN.
    La BECA es intransferible y no puede ser canjeada por ningún otro tipo de prestación.
  1. ACREDITACIÓN.
    La UNIVERSIDAD será la encargada de disponer los respectivos pagos a los BECARIOS seleccionados en las cuentas abiertas por estos últimos en el Banco Santander Río S.A.
    El BANCO no será responsable y la UNIVERSIDAD se obliga a mantenerlo indemne por cualquier reclamo que pudiera derivarse de la acreditación de la BECA a los BECARIOS.
    Asimismo, el BANCO no otorgará constancia alguna que acredite el pago de la BECA.
  1. UTILIZACIÓN DE LA BECA. INDEMNIDAD.
    El BANCO no se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudieran ser objeto los BECARIOS y/o las empresas u organismos durante el desarrollo de la BECA. El BANCO no será responsable: (i) por ningún daño o perjuicio, de cualquier tipo que fuere, que pudieren sufrir los BECARIOS y/o las empresas u organismos sobre sus personas y/o bienes, con motivo de o en relación a las Prácticas a desarrollar como objeto de la BECA, declinando todo tipo de responsabilidad contractual y/o extracontractual frente a los BECARIOS y/o las empresas u organismos.
    En caso que la BECA se deba suspender temporaria o definitivamente, por causas o motivos de fuerza mayor, el BANCO no tendrá responsabilidad alguna frente a los BECARIOS ni las empresas u organismos. El BANCO no será responsable de los daños y perjuicios que pudieran sufrir los BECARIOS en sus personas y/o bienes, con motivo o en ocasión de los traslados a las Prácticas.
    Los BECARIOS y/o las empresas u organismos mantendrán indemne y a salvo al BANCO y a sus compañías vinculadas, por cualquier daño, pérdida y/o accidente acaecido como consecuencia del cumplimiento de la BECA. En tal sentido, el BANCO carecerá de responsabilidad en caso que los BECARIOS decidan no utilizar la BECA por causas ajenas al BANCO.
  1. RESERVAS.
    El BANCO se reserva el derecho de asignar una menor cantidad de BECAS que las declaradas en el punto 1 de los presentes, en caso que los perfiles de los ALUMNOS que participen no se ajusten a exclusivo criterio de las UNIVERSIDADES, a las necesidades que hayan manifestado las empresas u organismos en donde realizarán las Prácticas.
    Asimismo, el BANCO se reserva el derecho de prohibir la participación en el PROGRAMA como así también de no otorgar la BECA a aquellos ALUMNOS que intenten socavar el PROGRAMA por medio de trampas, fraudes, engaños o cualquier otra práctica desleal destinada a resultar designados BECARIOS de forma ilegítima, molestar, insultar, amenazar o acosar a otros participantes, sin perjuicio del derecho de reclamar los daños y perjuicios irrogados como consecuencia de dicho proceder.
  1. ACEPTACIÓN DE LAS BASES.
    Por el hecho de registrarse en el presente PROGRAMA, los ALUMNOS reconocen y aceptan estar sujetos a las condiciones establecidas en los presentes Términos y Condiciones, las cuales podrán ser consultadas en los sitios web de cada una de las universidades adheridas.
  1. SUSPENSIÓN, CANCELACIÓN, MODIFICACIÓN.
    El presente PROGRAMA podrá ser cancelado, suspendido o modificado por el BANCO por razones que lo justifiquen, y por caso fortuito o por fuerza mayor en cualquier momento de su vigencia. La suspensión o cancelación del PROGRAMA durante cualquier momento de la vigencia, no otorgará al BECARIO derecho de cobro alguno respecto de la BECA.
  1. INTERPRETACIÓN DE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES
    La interpretación, validez y cumplimiento de estos Términos y Condiciones y de los derechos y deberes emergentes de las mismas, se regirá por las leyes de la República Argentina.

 

Más información e inscripciones: gmancini@ucsf.edu.ar

 

 



Arquitectura y Diseño, Home principal, Facultades, Ciencias Agropecuarias, Santa Fe, Ciencias de la Salud, Rosario, Posadas, Ciencias Económicas, Reconquista, Vicerrectorado de Formación, Derecho y Ciencia Política, Rafaela, Filosofía y Humanidades, Gualeguaychú, Psicología, Sedes