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Día del Niño por Nacer
25/03/2022 | 13:00 - 14:00
GratuitoNuestro país fue el primero del mundo en declarar el Día del Niño por Nacer mediante Decreto N° 1406/98, con el fin de conmemorar, promover y defender la vida humana desde la concepción en el vientre materno.
La vida está amparada jurídicamente por nuestra Carta Magna, en el art. 75° inc. 22, mediante el cual se le otorga jerarquía constitucional a los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos, entre ellos, La Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las NacionesUnidas en 1989. Nuestro país ratifica esta convención, haciendo reserva y declaraciones de algunos artículos, como ser el caso del art. 1° que define al niño: “Con relación al artículo 1º de la CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO, la REPUBLICA ARGENTINA declara que el mismo debe interpretarse en el sentido que se entiende por niño todo ser humano desde el momento de su concepción y hasta los 18 años de edad”. Asimismo, en el preámbulo de dicha Convención queda expresado “el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento”.
El niño en su etapa prenatal es sumamente frágil, es importante la protección eficaz del Estado para él, como a su madre.
En todas las decisiones y medidas que tomen o en que intervengan las instituciones públicas o privadas, así como órganos legislativos, judiciales o administrativos, es de consideración primordial el interés superior del niño por nacer.
Resulta fundamental que el Estado brinde el auxilio oportuno y la debida asistencia en beneficio de aquellas personas -nacidas o por nacer- que se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad.
INFORMES: bioetica@ucsf.edu.ar