El pasado Viernes 13 de Agosto, Carolina Filippon, en nuestro encuentro virtual semanal del Círculo de Reflexión Socio-Eco-Jurídica organizado por el equipo de investigación jurídica “Derechos Humanos y Economía” de la UCSF, dirigido por la Dra. Ana María Bonet de Viola, expuso la temática de “La opacidad en los acuerdos globales. Una aproximación sociojurídica acerca del secreto en el campo legal”.
Con respecto al encuentro vivido, al hacer un breve racconto del mismo, nos encontramos con la importancia que representa tratar el tema de la opacidad del derecho, y más aún en el ámbito internacional. El destacar su importancia resulta de su altísimo grado de -en palabras de la expositora- “secretismos” de la temática, acompañado de la falta de abordaje por parte de los diferentes estudios del derecho.
Los casos en los que es factible enmarcar estas experiencias son varias, de paso sea dicho el vivido en nuestro país, el acuerdo YPF y Chevron. Además de ello, no puede dejar de nombrarse que los avances en esta materia han sido en su mayoría discontinuos, pero que han resultado ser motor de cambio e innovación en el derecho en materia de responsabilidad publicitaria y de transparencia, tanto en el ámbito público como privado, a veces poniendo en jaque la temática del blindaje de la información, la protección de la información privada y los conocidos como “secretos nacionales”.
De estos conflictos e interrogantes es que se desprenden tendencias en la aplicación del derecho como lo son las justificaciones para el blindaje de la información, la mayor y mejor aplicación del secretismo y la solicitud de permisos como lo es la ley de accesos a la información (no aplicable a los DDHH).
Surgieron de la exposición, además, ideas y perspectivas como: el principio del pueblo como dueño originario de la información y no el estado; y las preguntas de ¿que es secreto?; ¿hasta que punto es accesible?; todas estas ideas presentadas desde el paradigma principal de que es un derecho en sí mismo el acceso a la información pública, dado que resulta funcional para el ejercicio de otros derechos básicos.
Adjuntamos el artículo utilizado para la exposición, que se encuentra disponible en https://drive.google.com/file/d/1PJHFaraFpUuMMtd9a8XgLW3Bpu5GaZLg/view?usp=drivesdk
Redacción: Patricio Pagni